Para que surtan efectos en otro país, será diferente el procedimiento dependiendo si son países miembros del Convenio de la Haya o no, será Apostilla o Legalización Diplomática respectivamente.
Dependiendo de la Autoridad que expida el documento, bien sea Administración general de Estado , Comunidad Autónoma, Entidad Local, Notario…etc deberá pasar por diferentes organismos, legalizamos todos los tipos de documentos.
Se legalizarán los documentos públicos o privados elevados a públicos notarialmente y originales. En los casos en los que sea necesaria la traducción jurada también se la realizaremos.
Realizamos legalizaciones tanto de documentos públicos como privados.
PAISES MIEMBROS CONVENIO HAYA
Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Azerbaiyán, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Belarus (Bielorrusia), Bélgica, Belice,Bosnia Herzegovina, Botswana, Brunei Darussalam , Bulgaria, Cabo Verde, Chipre, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Dominica, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fidji, Finlancia, Francia, Georgia, Granada, Grecia, Holanda, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Irlanda, Islandia, Islas Cook, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Kirguistán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macao, Macedonia, Malawi, Marshall (Islas), Mauricio (Isla), Malta, México (Méjico), Moldavia, Polonia, Mónaco, Mongolia, Montenegro, Namibia, Nicaragua, Niue (Isla), Noruega, Nueva Zelanda, Panamá, Omán, Perú, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Dominicana, República Eslovaca, Rumanía, Rusia (Federación), Samoa, San Cristobal y Nieves, San Marino, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Serbia, Seychelles (Islas), Sudáfrica, Suecia, Suiza, Suriname, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Uruguay, Uzbekistán, Vanuatu y Venezuela.
Legalizaciones
De documentos españoles para que surtan efectos en otro país